Política SARLAFT
- Objetivo
La FUNDACIÓN OPERACIÓN SONRISA COLOMBIA (en adelante, la “Fundación”) es una entidad sin ánimo de lucro vinculada al Sistema Nacional de Bienestar Familiar, con esta política busca establecer el marco institucional de principios, lineamientos y responsabilidades para la identificación, evaluación, control y monitoreo de los riesgos asociados al lavado de activos, la financiación del
terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, conductas que podrían afectar los fines legales institucionales, los recursos, la operación y/o la reputación de la Fundación.
- Alcance
Esta política es de obligatorio cumplimiento para:
- Miembros del Consejo Directivo, Representante Legal y Alta Dirección.
- Colaboradores con vínculo laboral o contractual.
- Contratistas, proveedores, consultores, aliados estratégicos y donantes.
- Voluntarios, pasantes y cualquier tercero que actúe en nombre de la Fundación.
3. Principios Rectores
El SARLAFT FPADM de la Fundación se fundamenta en los siguientes principios,
los cuales rigen de manera transversal:
- Enfoque Basado en Riesgos: El sistema se orienta bajo la premisa de a mayor riesgo, mayor control. La Fundación identifica y gestiona sus riesgos de LA/FT/FPADM priorizando aquellos con mayor probabilidad de impacto.
- Legalidad y Cumplimiento Normativo: Todas las operaciones, convenios, contratos y negocios jurídicos que adelante la Fundación se ajustarán estrictamente a las políticas del Manual SARLAFT y a los procedimientos internos de validación de contrapartes, jurisdicciones y canales de operación.
- Debida Diligencia como Eje Principal: El conocimiento profundo de las contrapartes es el pilar fundamental de esta política. La debida diligencia se aplica para proteger la integridad, los recursos y la reputación.
- Verificación Previa a la Vinculación: Ninguna relación laboral, contractual o de cooperación podrá iniciarse sin la verificación previa de la contraparte.
- Debida Diligencia Intensificada: La Fundación aplicará controles exhaustivos y actividades de conocimiento avanzado para aquellas contrapartes calificadas como de mayor riesgo.
- Responsabilidad Individual y Colectiva: Cada colaborador, dentro de sus funciones, es directamente responsable de velar por la correcta ejecución de las normas de prevención de LA/FT/FPADM.
- Gobernanza y Supervisión: La Fundación garantiza la designación de un Oficial de Cumplimiento con la autonomía y recursos necesarios para administrar el sistema antilavado.
- Prevalencia Ética sobre Objetivos Misionales: Los principios éticos y la prevención de riesgos se anteponen al cumplimiento de cualquier meta institucional o de captación de recursos.
4. Declaración de la Dirección
La Dirección de la Fundación Operación Sonrisa Colombia, integrada por el Consejo Directivo y el Representante Legal, manifiesta su compromiso inalienable con la integridad, la legalidad y la transparencia. La Fundación declara una política de Cero Tolerancia frente al Lavado de Activos (LA), la Financiación del Terrorismo (FT) y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (FPADM).
Nuestra intención primordial es proteger a la organización de ser utilizada como instrumento para la canalización de recursos ilícitos o para el ocultamiento de activos provenientes de actividades delictivas. Para ello, la Dirección ha dispuesto los recursos humanos, técnicos, financieros y tecnológicos necesarios para la implementación y mejora continua del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SARLAFT FPADM).
Como pilares de este compromiso, la Fundación reconoce y prioriza la gestión de los siguientes riesgos asociados:
- Riesgo Reputacional: La posibilidad de pérdida por desprestigio o publicidad negativa respecto de la Fundación y sus prácticas, que afecte la confianza de donantes, aliados, pacientes y la comunidad en general.
- Riesgo de Contagio: La posibilidad de afectación directa o indirecta por la acción o experiencia de una contraparte o entidades del mismo sector.
- Riesgo Legal: La posibilidad de pérdida en que se incurre al ser sancionado u obligado a indemnizar daños como resultado del incumplimiento de normas o regulaciones y obligaciones contractuales.
- Operativo: La posibilidad de incurrir en pérdidas por deficiencias, fallas o inadecuaciones en los procesos, la tecnología, la infraestructura, el recurso humano o por la ocurrencia de acontecimientos externos.
La integridad de la Fundación no es negociable. Por lo tanto, vigilaremos que cada una de nuestras contrapartes conduzca sus negocios de manera transparente y responsable. El SARLAFT FPADM cuenta con procedimientos de debida diligencia, identificación y monitoreo que son de estricto cumplimiento para todos los niveles de la organización.
Esta declaración es de obligatorio cumplimiento para todos los miembros de la Alta Dirección, colaboradores, contratistas, voluntarios y terceros que actúen en nombre de la Fundación. El incumplimiento de estos lineamientos será considerado una falta grave y se sancionará conforme al régimen interno y legal aplicable.
La presente política será revisada y actualizada con una periodicidad mínima anual, o antes si se presentan cambios significativos en la operación de la Fundación o en la normativa aplicable de la Superintendencia Nacional de Salud. La presente política fue aprobada por el Consejo Directivo en sesión de mayo de 2026.